Bajavehiculos.com renueva su imagen web

  • El nuevo diseño incorpora nuevas secciones y facilita la navegación de los usuarios por el sitio web.

La nueva versión de Bajavehiculos.com incluye nuevas secciones y redes sociales.

El portal Bajavehiculos.com, especialista en gestión de recogida de vehículos al desguace y bajas definitivas en la DGT, ha renovado su sitio web con la intención de facilitar la navegación de los usuarios por la plataforma.

El nuevo diseño, cuyos tonos morados y grises han reemplazado a los azules, ha incorporado nuevas secciones de interés que ayudarán a los usuarios a resolver sus dudas.

Entre las secciones más destacadas del nuevo diseño se encuentra Servicios Municipales, que aporta información sobre la devolución del impuesto de circulación (IVTM) por parte de los Ayuntamientos en el caso de no haber consumido la cuota del impuesto previamente liquidada tras haber gestionado la baja de un coche.

También el artículo del blog “10 razones para dar de baja un vehículo”- que se perfila como una de las páginas más visitadas del portal- ha sido añadido en una sección específica para que pueda ser consultado fácilmente por las personas interesadas.

De acuerdo con Alicia Granell, del departamento de comunicación de Bajavehiculos.com, renovar la imagen del sitio es un paso imprescindible que por fin se ha completado, significando un gran cambio para la empresa.

El trabajo ha sido duro pero esperamos que nuestros usuarios se sientan más cómodos gracias a las nuevas funcionalidades y sigan depositando su confianza en nuestros servicios, tanto de la página web como de nuestro blog”, ha apuntado al respecto.

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Bajavehiculos.com acumula más de 300 comentarios de usuarios en su Blog

  • El blog de Bajavehiculos.com se ha consolidado como uno de los principales canales de solicitud de información o ayuda online, para los usuarios interesados en obtener respuesta a problemas relacionados con algún trámite de su vehículo.

El blog informativo de Bajavehiculos.com comenzó sus andaduras publicando su primer post en septiembre de 2009. La finalidad de este apartado, que se presenta junto con el sitio web, ha sido siempre la de mantener informados a los lectores de todo lo que sucede en materia de bajas de vehículos, gestiones en la Dirección General de Tráfico (DGT), Centros Autorizados de Tratamiento (C.A.T.) y el conjunto de temas relacionados con el sector de la automoción o la seguridad vial.

Hasta la presente fecha e incluyendo este mismo post, se ha completado la publicación de un total de 49 entradas, muchas de las cuales son un referente para los navegantes a la hora de encontrar información específica sobre el procedimiento realizado durante la gestión de retirada al desguace de un vehículo y su baja definitiva en la DGT.

Además, la cifra referente a los comentarios de los usuarios ha alcanzado los 330, siendo la entrada más comentada “Dar de baja un coche: 10 razones para hacerlo” publicada el 27 de enero del  2010, con un total de 141 comentarios. Le sigue en el ranking la entrada publicada el 17 de noviembre de 2009 cuyo título es “Cómo dar de baja un coche”, con un total de 78 comentarios.

“Son muchos los usuarios que acuden a nuestro blog en busca de una respuesta a su problema. En ocasiones no son temas relacionados directamente con la baja definitiva de vehículos, pero siempre intentamos ayudarles u orientarles en la medida de lo posible” comento Alicia Granell, principal colaboradora de la bitácora y empleada en el Departamento de Comunicación de la empresa.

Gracias a la activa participación de los usuarios del sitio web y de los mismos empleados de la empresa, se ha conseguido crear una comunidad y un grupo de personas que confían en la información proporcionada en el blog y que se muestran satisfechos con la respuesta obtenida en su consulta.

“He recibido muchos agradecimientos de personas que se encontraban totalmente desorientadas y que han conseguido solucionar su problema gracias a la información que les he proporcionado. Es gratificante saber que esos usuarios han encontrado en nuestro sitio una respuesta idónea que les ha ayudado a solventar la incidencia que nos han descrito en su comentario” explicó de nuevo Alicia.

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¿Qué implica gestionar la baja definitiva de un vehículo?

Gestionar la baja definitiva de un vehículo es un trámite que realizan cientos de miles de usuarios al año, pero ¿sabemos que actividades están implicadas directa e indirectamente con dicha gestión? En Bajavehiculos.com te explicamos algunas particularidades que son derivadas de la gestión de la baja definitiva de un vehículo en la Dirección General de Tráfico (DGT).

Implicaciones directas de la baja del vehículo:

  • El vehículo causa baja en el registro, por lo que también deja de generar gastos a su titular o propietario.
  • El vehículo se retira de la circulación, por lo que en ningún pueden realizarse desplazamientos utilizando un coche cuyo estado administrativo es el de “baja definitiva”.
  • El vehículo se deposita en un Centro Autorizado de Tratamiento (C.A.T.)
  • Se emite el Certificado de Destrucción correspondiente.

Implicaciones indirectas de la baja del vehículo:

  • El vehículo recibe el correspondiente tratamiento de descontaminación.
  • El Ayuntamiento de la localidad dónde se encuentra registrado el coche, deja de emitir el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) o impuesto de circulación.
  • En el Centro Autorizado de Tratamiento (C.A.T.) se procede al separado y clasificación de componentes del vehículo.
  • Una vez se han descartado todos aquellos elementos que ya no pueden ser reutilizados realizando la misma función para la que fueron diseñados, se envían al gestor de residuos correspondiente para ser reciclados.
  • Los recambios que han sido revisados y seleccionados por reunir las condiciones que le permiten seguir funcionando óptimamente, son puestos a la venta como repuestos de desguace o de segunda mano.

Las implicaciones indirectas son las más importantes en la cadena del reciclaje del vehículo al final de su vida útil, ya que gracias al proceso de descontaminación, clasificación y revisión de cada una de las partes que forman el conjunto del vehículo es posible determinar qué elementos todavía pueden seguir siendo útiles y que otros serán reciclados o reconvertidos en nuevos productos.

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Desde hoy el límite de velocidad es 110 km/h en autopistas y autovías

En estas fechas, nadie desconoce la ya implantada propuesta del Consejo de Ministros, donde se reduce el límite de velocidad máxima de 120 a 110 km/h en autopistas y autovías. La razón oficial que justifica la implantación de dicha medida es lograr una reducción en el consumo de combustibles de forma transitoria, mientras el precio del petróleo se mantenga elevado. Por ello, estará vigente desde hoy y hasta el próximo 30 de junio de 2011, con posibilidades de ser prorrogada e incrementar su duración.

La medida afectará a “todas las autovías y autopistas de España, con independencia de que la titularidad sea del Estado y de las Comunidades Autónomas”, según ha indicado el vicepresidente primero del Gobierno Alfredo Pérez  Rubalcaba, que ha señalado que con carácter urgente se acometerá un cambio de señalización en las vías para adoptarlo a la nueva limitación.

Con la reducción de la velocidad de 120 a 110 kilómetros por hora en el límite de autopistas y autovías el Gobierno prevé reducir un 15% el gasto en gasolina y un 11% el del gasóleo. “Si se mantuviera el petróleo en los niveles actuales tendríamos un déficit energético en el año 2011 que alcanzaría los 46.000 millones de euros”, ha añadido Miguel Sebastián el ministro de Industria, Turismo y Comercio, quien ha dicho que la dependencia energética española del exterior es del orden del 75%, superior a la de otros socios europeos.

Además, Rubalcaba ha señalado que el cambio de límite no afectará al carné por puntos, aunque superar el límite de 110 kilómetros por hora sí será sancionado económicamente. “Esto también supone un cambio en las multas, no en el carné por puntos, porque entendemos que no tiene que ver con la seguridad vial propiamente dicha sino con el consumo y el ahorro energético”, ha indicado.

Pero, ¿en qué medida pensáis que afectará esta nueva limitación sobre los niveles de contaminación? ¿Por qué en España se reduce el límite mientras que en otros países de la Unión Europea (UE) se aumenta, como en Holanda y Gran Bretaña? Podéis dejar vuestras opiniones y repuestas en los comentarios.

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La baja de vehículos de empresa

Realizar la baja de un vehículo de empresa ahora es una acción sencilla y que se puede realizar cómodamente desde casa o desde el lugar de trabajo. Los automóviles de empresa (en todas sus variantes) están destinados al igual que el resto a alcanzar el final de su vida útil puesto que se someten a un mayor desgaste y a un rodaje superior. Para hacer efectiva la baja de un vehículo de empresa tan sólo será necesario contactar con un desguace, o con empresas como Baja Vehículos, dónde se realiza la tramitación únicamente a través de los servicios de los Centros Autorizados de Tratamiento (C.A.T.) colaboradores.

Además, otro de los puntos importantes será reunir la documentación para la baja del vehículo. Esta documentación es algo más compleja que en casos particulares y por ello en ocasiones puede ser determinante para el tiempo de espera en finalizar la gestión. Los documentos a aportar para dar de baja un vehículo de empresa serán los siguientes:

  • Ficha técnica del vehículo.

    Fuente imagen: elblogdelvehiculodeocasion.es

  • Permiso de Circulación del coche.
  • Copia del DNI del administrador o administradores de la empresa.
  • Copia del CIF de la empresa.
  • Modelo de representación jurídica firmado por el administrador o administradores y sellado con el cuño de la empresa. (descarga el modelo de representación jurídica)
  • Solicitud de de baja firmada por el administrador o administradores de la empresa y sellada con el cuño de la misma. (descarga la solicitud de baja)
  • Si el administrador o administradores no se van a encontrar presentes en el momento de la recogida con grúa, se deberá presentar un documento de autorización y la fotocopia del DNI de la persona autorizada. El documento de autorización además de firmado tanto por el administrador o administradores también debe sellado con el cuño de la empresa. (descarga el modelo de autorización)

Cabe la posibilidad de que se hayan extraviado alguno de los documentos acreditativos del vehículo. Si es éste su caso, deberá indicarlo a la empresa elegida para el proceso y solicitar el modelo de extravío de la documentación. Además si no se dispone del CIF de la empresa, se deberá solicitar una copia en Hacienda. Empresas ya disueltas consultar. Si se trata del caso de una empresa ya disuelta, consulte para solicitar información específica.

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Baja Vehículos, el sitio web donde dar de baja tu coche

baja vehiculos

Baja Vehículos es una central donde se gestiona la retirada con grúa de vehículos para desguace, y su correspondiente trámite de baja definitiva en Tráfico, que cuenta con años de experiencia en el sector y miles de clientes satisfechos. La empresa opera a través de su colaboración con los desguaces más prestigiosos de España y su objetivo principal es proporcionar al cliente un sitio seguro y fiable donde dar de baja un coche, de la manera más cómoda y rápida posible.

En la página bajavehiculos.com el usuario encontrará una gran variedad de servicios y utilidades relacionadas con la retirada de su coche al desguace y los trámites de baja en la Dirección General de Tráfico (DGT), extendidos en todas y cada una de las provincias de la geografía española, pudiendo atender solicitudes desde casi cualquier punto de la península.

Además cada uno de los Centros Autorizados de Tratamiento (C.A.T.) con los que se colabora Baja Vehículos, se elige por su capacidad de servicio, seriedad y cumplimiento de la normativa vigente sobre la gestión de vehículos al final de su vida útil. Así, una vez el cliente contacta con la empresa, es posible actuar de la forma más rápida posible y completar las gestiones necesarias en cada situación, asegurando una correcta gestión de los restos del vehículo y un tratamiento respetuoso con el medio ambiente.

Cada retirada se justifica al titular mediante el Certificado de Destrucción. Este documento tiene validez a nivel europeo, por lo que si un vehículo extranjero precisa su retirada al desguace en España, es posible realizarla y entregar el certificado al propietario, pudiendo éste después gestionar la baja definitiva del coche en su país de procedencia.

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Valido la inscripción de este blog al servicio Paperblog bajo el seudónimo bajavehiculos

Para ampliar nuestras redes y difundir nuestros contenidos nos hemos dado de alta en Paperblog.com

En breve tendremos muchas novedades.

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¿Cómo dar de baja un coche?: Paso por paso

Cuando un vehículo llega al final de su vida útil, no queda otra alternativa que dar su baja definitiva en la Dirección General de Tráfico (DGT). Pero, ¿cómo se hace este trámite?

A continuación en Bajavehiculos.com, le explicamos algunos puntos que debe saber:

Para dar de baja un vehículo debe ponerse en contacto con una empresa que realice este tipo de gestión como lo es Bajavehiculos.com, o bien con un  Centro Autorizado de Tratamiento (C.A.T).  No es necesario que vaya a la DGT, ya que para hacer el trámite el vehículo debe encontrarse ya en un C.A.T. en proceso de descontaminación.

Además, debe saber que los C.A.T. y las empresas especializadas se encargarán de realizar la baja definitiva del vehículo en la DGT.

Una vez se haya decidido por una empresa que gestiona el servicio o bien por acudir directamente a un C.A.T, debe recopilar la documentación necesaria para efectuar la descontaminación y la baja definitiva.

Estos documentos dependerán de cada situación en particular, a continuación los detallamos de acuerdo a las situaciones más comunes:

Vehículo Particular y su titular presente en la recogida con grúa

-       Copia del DNI del titular en vigor por las dos caras. En caso de no poseerlo, el resguardo de la renovación o carnet de conducir en vigor y debidamente firmado.

-       Ficha técnica y permiso de circulación originales. En el caso de no tenerlo, es necesario el justificante de Tráfico o de la Guardia Civil que certifiquen que ellos se han quedado el permiso de circulación.

Vehículo Particular con autorización a otra persona (titular no presente en la recogida)

En el caso de que el titular no pueda estar presente en el momento de la recogida con grúa, deberá autorizar a la persona que estará presente en el momento de la retirada, para ello necesitará:

-       Ficha técnica y permiso de circulación originales (en el caso de no tenerlo deberá presentar el justificante de que Tráfico o la Guardia Civil se lo han quedado)

-       Autorización cumplimentada y firmada por ambas personas, titular y autorizado. En Cataluña no es necesaria dicha autorización, pero sí se necesita la solicitud de baja firmada por el titular.

-       DNI de la persona titular y autorizada en vigor por ambas caras (o en su defecto, resguardo de la renovación o carnet de conducir en vigor y debidamente firmado).

Vehículo de empresa

Si se trata de la baja definitiva de un vehículo de empresa, la documentación que deberá presentar es la siguiente:

-       Ficha técnica y permiso de circulación originales (en el caso de no disponer del permiso de circulación, porque ha sido retirado por parte de Tráfico o de la Guardia Civil se deberá entregar el justificante que acredita la retirada de dicho permiso)

-       Modelo de representación de personas jurídicas (documento que suple la escritura de la empresa) cumplimentado, firmado por todos los administradores de la empresa y sellado con el cuño de la misma.

-       CIF de la empresa

-       DNI de todos los administradores de la empresa en vigor por las dos caras (en su defecto resguardo de la renovación o carnet de conducir en vigor y firmado)

-       Autorización de todos los administradores hacia el que estará presente en el momento de la retirada del vehículo, aunque si todos los administradores se encuentran presentes en el momento de la recogida, no sería necesario. En el caso de no estar ningún administrador, se deberá autorizar a otra persona y adjuntar también el DNI de la persona autorizadas en vigor (o en su defecto, resguardo de la renovación o carnet de conducir en vigor y debidamente firmado).

-       Solicitud de baja firmada por el administrador y autorizado y sellada con el cuño de la empresa.

Si su caso no se encuentra dentro de los expuestos arriba, aconsejamos que se ponga en contacto con la empresa que gestionará el servicio para informarse sobre la documentación de que deberá aportar de acuerdo a su situación particular o visite nuestra sección de Documentación. Además en esta sección podrá descargarse en archivos PDF o Word los modelos de autorización, representación de personas jurídicas o la solicitud de baja, entre otros.

Tras aportada la documentación, lo único que deberá hacer es acordar la hora y día de la recogida de su vehículo con grúa para el desguace. Aquel día deberá tener y consignar la misma documentación en mano.

Es posible, si usted ha entregado vía online o por fax las copias de la documentación, que el conductor de grúa le haga entrega al momento de la retirada el Certificado de Destrucción. Si no es el caso, se lo enviarán por correo postal a su domicilio junto al documento que certifica la baja definitiva de la DGT.

Empresas como Bajavehiculos.com son expertas en este tipo de gestión, y brindan un servicio cómodo y rápido. Además, ofrecen orientación para quienes se encuentran en una situación particular poniendo a su disposición asesoría y una extensa red de colaboración con los C.A.T. más prestigiosos del país.

Si tras leer esto, ha decidido gestionar la retirada de su vehículo al desguace y la baja de en la DGT por medio de Bajavehiculos.com, solo debe contactar con nosotros.

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Dar de baja vehículos en Tráfico: El lugar equivocado

Imagen: El País

Diariamente, llegan a las oficinas de la Dirección General de Tráfico (DGT) titulares que buscan la baja definitiva de su vehículo, pero muy al contrario de lo que pueda decirnos el sentido común, este no es el lugar adecuado para ir a tramitar la baja definitiva.

En primer lugar, hay que saber que para realizar este trámite, el vehículo debe encontrarse en un Centro Autorizado de Tratamiento (C.A.T.), conocido también como desguace, por lo que ir a Tráfico sin que el vehículo se encuentre en vías de descontaminación es una pérdida de tiempo.

En segundo lugar, el titular del vehículo no debe preocuparse de gestionar la baja definitiva, puesto que son los C.A.T. o las empresas que trabajan en este sector las que se ocupan de este trámite.

Si de todas formas decide ir a la DGT en busca de información, lo único que conseguirá será un listado con los C.A.T. de la provincia en la que se encuentra con sus direcciones y números de teléfono, información que puede encontrar fácilmente a través de Internet.

Si lo que necesita es dar de baja su vehículo de la forma más rápida y sencilla posible, puede recurrir a sitios como Bajavehiculos.com, que ofrecen un servicio gratuito para la mayoría del territorio español, que contempla recogida con grúa del vehículo para el desguace y la baja definitiva en la DGT, sin que usted tenga que desplazarse innecesariamente. Incluso, si facilita la documentación requerida vía fax o e-mail, el conductor de grúa le hará entrega del Certificado de Destrucción de su vehículo al momento de la retirada.

¿Necesita dar de baja su vehículo? Contacte con Bajavehículos.com y de de baja su vehículo de la forma más cómoda para usted.

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¿También tengo que dar de baja el coche en el Ayuntamiento?

Esta pregunta es la que muchos propietarios realizan cuando han decidido o han iniciado los trámites para gestionar la baja de su vehículo. Para dar de baja el coche en el Ayuntamiento correspondiente simplemente deberemos presentar el Certificado de Destrucción proporcionado por el Centro Autorizado de Tratamiento (C.A.T.) que se haya encargado de gestionar la baja telemática del coche en sus instalaciones.

Generalmente, la Jefatura Provincial de Tráfico se hace cargo de comunicar al Ayuntamiento correspondiente las bajas causadas en el Registro de Vehículos. Por este motivo todos aquellos coches que se hayan dado de baja durante el presente año natural, estarán exentos del pago del impuesto municipal emitido por el Ayuntamiento durante los años próximos.

El impuesto municipal de circulación que emite el Ayuntamiento se cobra de forma anual, sin embargo el cálculo del importe a pagar se realiza de forma fraccionada, por trimestres o semestres dependiendo del Ayuntamiento en cuestión. Existe la posibilidad de solicitar la devolución de la parte proporcional de la tasa, si el coche no ha estado de alta durante el año completo. Tan sólo será necesario acudir a la sección de Recaudación del Ayuntamiento correspondiente y rellenar el impreso de solicitud de devolución.

Es aconsejable en cualquier caso conservar y aportar a la solicitud de devolución el Certificado de Destrucción emitido por el desguace, ya que es el documento oficial que acredita la retirada al Centro de Tratamiento Autorizado, y la fecha de la baja del vehículo por parte del mismo. ¿Sabía que a través de los desguaces autorizados puede solicitar gratuitamente la baja definitiva de su vehículo? Déjenos sus comentarios.

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