El “numerito del coche”, la “viñeta” o el “sello”, son las formas coloquiales e informales que utilizamos para hablar de este tributo devengado por parte del Ayuntamiento dónde ha sido registrado y matriculado por última vez un automóvil.
IVTM o Impuesto de Circulación: Todo lo que tienes que saber
Las personas utilizamos habitualmente un lenguaje coloquial para referirnos a ciertas palabras de una forma sencilla y sin tecnicismos. Así mismo, pueden existir diversas formas de referirse a una palabra coloquialmente dependiendo del lugar donde nos encontremos ubicados.
Pues bien, hoy en este post vamos a contaros las diferentes formas que utilizan los ciudadanos españoles para referirse al Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, también conocido por sus siglas IVTM.
También encontramos una forma coloquial y formal para referirse al IVTM, es el Impuesto de Circulación, y como bien su nombre indica, se encarga de gravar fiscalmente la parte correspondiente al impacto medioambiental del coche con respecto a la circulación del mismo. Así pues, las cuotas se calculan en función de la potencia y clase del vehículo en cuestión, datos que encontraremos en la ficha técnica de cualquier turismo.
¿Cómo se paga el “numerito del coche”?
El también llamado “sello del coche”, se abona de forma anual y el cobro puede realizarse por dos vías: pagando el correspondiente recibo en cualquiera de las entidades colaboradoras o también, realizando la domiciliación del pago.
¿Quién está exento de pagar anualmente la “viñeta”?
Se encuentran exentos del pago del Impuesto de Circulación los siguientes vehículos:
- Vehículos oficiales del Estado, de las CCAA y entidades locales adscritas a la defensa nacional o la seguridad ciudadana.
- Vehículos correspondientes a representaciones y representantes diplomáticos. También vehículos pertenecientes a organismos internacionales.
- Vehículos exentos a través de convenios internacionales.
- Ambulancias y otros vehículos destinados a la asistencia sanitaria o al traslado de heridos o enfermos.
- Vehículos para personas con movilidad reducida.
- Vehículos matriculados a nombre de minusválidos y para su uso exclusivo.
- Autobuses y derivados del transporte público urbano, siempre que su capacidad exceda las 9 plazas incluyendo la del conductor.
- Tractores, remolques, semirremolques y maquinaria, solo si disponen de la cartilla de inspección agrícola.
Para finalizar, en Baja Vehículos nos gustaría conocer tu opinión: ¿Cómo llamas habitualmente al Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica o IVTM? ¿Conoces alguna otra forma de referirte a este tributo y que no hayamos mencionado en el post? ¡Déjanos tu comentario!
Yo le llamo IVTM pero no he escuchado otra forma de decirlo, supongo porque no me muevo mucho por esos campos
Hola Prodygy!
Gracias por el comentario. La verdad es que como indicamos en el post existen diversos términos que hacen referencia a este tributo. En tu caso, IVTM, se correspondería con las siglas de su nombre oficial: Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica.
Vuelve pronto a visitarnos!
Saludos!
La verdad es que en Madrid siempre lo he escuchado como el «impuesto de circulación». Que a nadie le gusta pagar ya que es considerado un impuesto dicho de forma coloquial «sacado de la manga»