Baja Vehículos

Gestiona con Bajavehiculos.com la retirada al desguace y la baja de tu coche para el PIVE 5

24 febrero, 2014 | alicia

Desde hace algunas semanas, concretamente desde el 29 de enero de 2014, ya se encuentra vigente la quinta edición del Plan de Incentivos para Vehículos Eficientes (PIVE 5) y son muchos los usuarios o clientes que nos llaman para informarse sobre cómo llevar a cabo el achatarramiento de su viejo vehículo, permitiéndoles acceder como beneficiarios al plan de ayudas a la renovación del parque automovilístico.

Así pues, queremos informar a nuestros lectores que a través de los servicios de Bajavehiculos.com podrán solicitar de forma totalmente gratuita y desde cualquier punto de la geografía española, tanto la retirada con grúa de su vehículo al desguace como la baja definitiva en la Dirección General de Tráfico (DGT), obteniendo así el justificante del trámite en Tráfico y el Certificado de destrucción que son los documentos necesarios para que el punto de venta pueda solicitar las ayudas en nombre del potencial beneficiario.

PIVE 5

Baja de coches en la DGT

Por tanto, para solicitar nuestros servicios y acceder así a PIVE 5 en la compra de un nuevo vehículo, será necesario que:

  • Contactes con nosotros utilizando cualquiera de las vías que ponemos a tu disposición.
  • Nos indiques que estás interesado en realizar el trámite para acceder a un PIVE 5.
  • Reúnas los datos necesarios del vehículo y su localización, así como la documentación que será necesaria para llevar a cabo el trámite ante la DGT.
  • Acuerdes el día y la hora con el departamento de grúas del CATV.
  • Acudas a tu cita para realizar la entrega del vehículo y de la documentación.

Como verás se trata de un procedimiento sumamente cómodo y sencillo, que podrás solicitar con tan solo un par de clics y que evitará que tengas que desplazarte a las oficinas de tráfico o al desguace.

Solicitud de baja definitiva

Si estás interesado en conocer las bases reguladoras del PIVE 5, publicadas en el Real Decreto 35/2014 del 24 de enero, puedes acceder a su correspondiente BOE.

¿Tienes alguna duda sobre este procedimiento? ¿Te has beneficiado o has pensado en beneficiarte de las ayudas del PIVE 5? ¡Déjanos tus comentarios! 





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